NUEVO PLAN DE FORMACION CONTINUA - FORMACION SUBVENCIONADA - CURSOS SUBVENCIONADOS
El 1 de marzo de 2004 se hace pública la ORDEN TAS/500/2004, que regula la financiación de las acciones de formación continua en las empresas que cotizan por el concepto de formación profesional a la Seguridad Social.
El Nuevo Modelo de Formación Continua tiene por objeto adaptar y reciclar permanentemente a los trabajadores en activo, contribuyendo a lograr la mayor promoción e integración social de los mismos y a incrementar la competitividad de las empresas.
Son beneficiarios del Sistema de Bonificaciones, todas las empresas que tengan centros de trabajo en el territorio español, cualquiera que sea su tamaño, que desarrollen formación para sus trabajadores y que coticen por Formación Profesional a la Seguridad Social.
Estas empresas disponen de un crédito que pueden utilizar para financiar las acciones de formación continua, bonificándose el coste de la formación en el pago de los seguros sociales a la Seguridad Social, de este modo, las empresas podrán recuperar parcial o totalmente sus inversiones en formación.
Para determinar el crédito de una empresa, a la cuantía ingresada por ésta en concepto de cuota de formación profesional del año anterior, se aplica el porcentaje de bonificación que se establezca en la Ley anual de Presupuestos Generales del Estado.
BONIFICACIONES A EMPRESAS
- Empresas de 1 a 5 trabajadores: 420 €
- De 6 a 9 trabajadores: 100 % *
- De 10 a 49 trabajadores: 75% *
- De 50 a 249 trabajadores: 60 % *
- De 250 o más trabajadores: 50 % *
- Empresas de nueva creación: 65 € por trabajador
(*) Este % se aplicará a la cuantía ingresada por la empresa en concepto de Formación Profesional en el año anterior.
Las empresas con más de cinco trabajadores están obligadas a participar en la financiación de las acciones formativas que desarrollen a favor de sus trabajadores.
Si bien, este esfuerzo inversor o cofinanciación, no sólo se realiza en valor monetario, sino también a través de los costes salariales de los trabajadores que hayan realizado la formación dentro de su jornada laboral.
La empresa podrá utilizar su crédito de formación continua para formar al número de trabajadores de su plantilla que considere oportuno, si bien, el Fondo Social Europeo (FSE) considera como colectivo prioritario y necesitado de formación el formado por: trabajadores no cualificados, mujeres, mayores de 45 años, discapacitados y trabajadores de PYMES.
La bonificación aplicable por la empresa no podrá superar en ningún caso, el coste máximo bonificable, que vendrá determinado: por los módulos económicos establecidos por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales en función de la modalidad de impartición elegida (presencial, a distancia, teleformación y mixta), el número de horas de la acción formativa y el número de participantes asistentes a la acción formativa.
El Sistema de Bonificaciones utiliza los fondos disponibles del FSE, además de los fondos nacionales y la recaudación de la cuota de Formación Profesional de los trabajadores asalariados, y es la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo (FTFE) quien distribuye, gestiona y organiza los fondos mencionados anteriormente.
Las empresas con más de cinco trabajadores están obligadas a participar en la financiación de acciones formativas a favor de sus trabajadores.
Las empresas que quieran bonificarse deberán:
- Adherirse a un convenio de agrupación de empresas, o bien, gestionar por sí mismas de forma individualizada el Sistema de Bonificaciones.
- Identificar en una cuenta separada o epígrafe específico de su contabilidad todos los datos de ejecución de las acciones formativas y las bonificaciones que se apliquen, con la referencia común de Formación Continua.
- Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y control a realizar por los Órganos competentes.
- Establecer el correspondiente control de seguimiento de los participantes en las acciones formativas bonificadas.
- No simular contratación laboral.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
- Guardar durante un período mínimo de cinco años la documentación justificativa de las acciones de formación.
NOTAS
Entidad Organizadora: EUROCEP
Precio: GRATUITO, para el trabajador por cuenta ajena, puesto que la empresa dispone de una bonificación mínima de 420€ a invertir en la formación continua de su personal.
Formación: Modalidad de impartición: Distancia.
Material: A cada participante se le entregará la documentación con los contenidos teóricos, guía del alumno y pruebas de evaluación.
Diploma: Una vez realizado el curso, el alumno recibirá un certificado de la fundación Tripartita para la Formación en el Empleo, el Fondo Social Europeo y EUROCEP.
Solicita información sobre nuestros cursos subvencionados sin compromiso